CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO EN ESPAÑA
1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las presentes Condiciones Generales se aplicarán a todos los contratos o acuerdos de prestación de servicios de traducción, interpretación, formación en idiomas o cualquier otro tipo de servicio formalizados por María R. Rojas Martínez con sus Clientes en el marco de su actividad profesional en el territorio español, y anulan todos los anteriores contratos, compromisos, manifestaciones o acuerdos, tanto escritos como orales, que hayan existido previamente entre las Partes, cuyo objeto sea idéntico sea cual fuere su alcance.
Se entenderán aceptadas las presentes Condiciones Generales por el Cliente desde el momento en que éste ponga a disposición de María R. Rojas Martínez el presupuesto solicitado por los servicios de traducción, interpretación o cualquier otro tipo de servicio, acompañado del presente contrato, ambos debidamente firmados y sellados en todas sus páginas.
2. PRESUPUESTO
El presupuesto se elabora por escrito y se entrega al Cliente para su aceptación mediante su firma y, en su caso, cuño. El presupuesto, junto con las presentes Condiciones, deben presentarse, debidamente firmados y sellados, en el domicilio: C/ Lope de Vega, s/n. Edif. Alcana II, 1º, 6, 04620, Vera, Almería o remitirse a www.rojastranslation.com por fax o por correo electrónico. En este último caso, la aceptación se considerará válida en el momento en que María R. Rojas Martínez (www.rojastranslation.com) confirme su recepción al Cliente.
Las ofertas verbales y los presupuestos disponibles en los sitios web de www.rojastranslation.com se consideran meramente orientativos y no vinculantes, quedando, en todo caso, sujetos a una posterior confirmación por escrito por parte de María R. Rojas Martínez.
Cualquier solicitud de ampliación o modificación del servicio presupuestado inicialmente que, a discreción de María R. Rojas Martínez, requiera un incremento considerable del trabajo, quedará sujeta a la elaboración de un nuevo presupuesto sustitutivo del anterior, que contemple los servicios adicionales solicitados por el Cliente.
El presupuesto mantendrá su vigencia durante un periodo de TREINTA (30) DÍAS. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya recibido la correspondiente aceptación por el Cliente, María R. Rojas Martínez podrá optar entre confirmar la validez del mismo o realizar una propuesta de presupuesto revisada que contenga los cambios que estime oportunos.
3. FORMA DE CONTRATACIÓN Y MÉTODO DE TRABAJO
Una vez recibido por María R. Rojas Martínez, el presupuesto y Condiciones Generales debidamente firmados y sellados, el Cliente formalizará de modo inmediato un contrato con María R. Rojas Martínez, que se regirá por las presentes Condiciones Generales y las Condiciones Particulares acompañadas al mismo.
Junto con dicha documentación, el Cliente deberá acreditar el pago del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del importe presupuestado, en concepto de depósito, dando entonces lugar al comienzo de los trabajos en las condiciones y términos así aceptados y los plazos convenidos.
En cualquier caso, los plazos quedarán suspendidos, cuando, por la naturaleza de los servicios encomendados, corresponda al Cliente aportar o facilitar documentación o elementos materiales adicionales, y siempre que no resulten posibles las comunicaciones precisas entre ambas partes.
A la firma del presupuesto y las presentes Condiciones Generales y Particulares, María R. Rojas Martínez dará de alta un proyecto al que asignará un CÓDIGO IDENTIFICATIVO del trabajo encargado que comunicará al Cliente. Dicho código deberá figurar en todas las comunicaciones escritas entre las Partes, encabezará los correos electrónicos entre las mismas, y deberá aparecer en la factura que emita María R. Rojas Martínez al concluir el trabajo encargado.
4. FORMA DE PAGO
Las cantidades que aparezcan en el presupuesto aceptado se entenderán como netas y se incrementarán en la cantidad que resulte de la aplicación del tipo de Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente, en los casos en que sea aplicable. Se procederá a la emisión y el cobro de la oportuna factura según se establece en las condiciones específicas, en función del tipo de trabajo contratado: traducción, interpretación o corrección (ver condiciones específicas). La entrega de los trabajos se realizará previa acreditación del pago total del importe presupuestado, por los medios comúnmente aceptados en Derecho. El pago deberá ser efectuado en la cuenta bancaria que María R. Rojas Martínez designe, mediante transferencia o ingreso al efecto. Cualquier otro medio de pago deberá ser previamente aceptado por María R. Rojas Martínez por escrito. Sin perjuicio de otros derechos María R. Rojas Martínez aplicará el interés legal vigente incrementado en dos puntos a todas las cantidades pendientes de pago por el Cliente una vez transcurrido el plazo indicado en sus apartados correspondientes.
5. CONFIDENCIALIDAD
María R. Rojas Martínez se compromete a guardar absoluta confidencialidad y sigilo sobre cualquier información que el Cliente le proporcione a los fines del contrato suscrito, por cualquier medio y en todo momento, incluso tras la finalización de la relación contractual, a fin de evitar su tratamiento o uso no autorizado por terceros, cualquiera que fuera la causa de finalización de la relación contractual.
6. PRELACIÓN
Las presentes Condiciones Generales serán de aplicación siempre que las Condiciones Particulares no establezcan otro criterio, en cuyo caso prevalecerán estas últimas.
7. LEGISLACIÓN APLICABLE
Todas las relaciones entre las Partes se regirán por lo dispuesto en la legislación española vigente.
8. JURISDICCIÓN
Las Partes se someten expresamente a la competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Vera, que se entenderá a todos los efectos como lugar de cumplimiento de la obligación, con renuncia expresa a su fuero propio o a cualquier otro que, en su caso, pudiera corresponderles.
CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE TRADUCCIÓN
Una vez recibido por María R. Rojas Martínez, el presupuesto relativo a servicios de traducción debidamente firmado y sellado, el Cliente formaliza de forma inmediata un contrato con María R. Rojas Martínez, que se rige por las Condiciones Generales y por las siguientes Condiciones Particulares:
1. PROPÓSITO DE LA TRADUCCIÓN
El Cliente se obliga a destinar el resultado de los servicios prestados a fines exclusivamente legales.
El Cliente debe indicar a María R. Rojas Martínez de forma clara y expresa el destino previsto para la traducción, de lo contrario se entenderá que el objeto de la misma es meramente informativo para el Cliente.
En especial, el Cliente deberá indicar si la traducción está destinada a formar parte de la documentación definitiva para:
- Concursos y licitaciones
- Contratos
- Patentes
- Impresión o edición
- Publicación electrónica
- Cualquier otro destino equiparable
En el caso de que la traducción contratada tuviera que destinarse a otro fin distinto del indicado por el Cliente al realizar la oferta, éste deberá comunicarlo a María R. Rojas Martínez para que ésta autorice y confirme la adecuación de la traducción a su nuevo destino.
En el caso de traducciones destinadas a su posterior publicación, deberá el Cliente remitir a María R. Rojas Martínez, previamente, la versión definitiva del documento a publicar para su revisión.
En el caso de requerirse una terminología propia María R. Rojas Martínez utilizará los glosarios y documentación de referencia entregada por el Cliente como herramienta adicional durante la realización del proyecto. La terminología se ajustará, si así lo indica el Cliente, a la información entregada. El Cliente se hará responsable de todo fallo causado por errores en su terminología propia. De no haber una base terminológica previamente acordada, el Cliente no podrá hacer reclamación alguna acerca de las posibles divergencias entre la terminología empleada en la traducción y la propia del Cliente.
María R. Rojas Martínez no asumirá ninguna reclamación ni responsabilidad frente al Cliente ni terceros, si resultaren incumplidos por el Cliente los términos de la presente estipulación, se omitiera o modificara el destino del trabajo encomendado, o se alterara su contenido por cualquier medio o procedimiento, sin autorización escrita María R. Rojas Martínez, reservándose además, María R. Rojas Martínez, según el caso, su derecho a no aceptar el objeto del contrato, a aplicar los recargos que fueren correspondientes y/o a ejercitar las reclamaciones procedentes, incluidos los daños y perjuicios.
Proyectos con trabajo de maquetación
Para proyectos de traducción que, por las características de los mismos y a solicitud del Cliente, requieran trabajos de maquetación, el Cliente deberá entregar los archivos de fuentes correspondientes junto con la maqueta.
El tamaño de los archivos en los que se envíen los documentos a traducir y maquetar no deberá exceder 90 Mb. Si algún archivo sobrepasara este tamaño, el Cliente hará particiones del mismo indicando claramente su disposición y orden dentro de la globalidad del documento.
En la fase de corrección de la maquetación, resultará imprescindible el establecimiento de una comunicación fluida entre María R. Rojas Martínez y el Cliente, quien deberá permanecer localizable y a disposición de aquélla, con el fin de garantizar el plazo de entrega acordado.
2. MÉTODO DE TRABAJO DE TRADUCCIÓN
Una vez comunicada la recepción de la aprobación del presupuesto por parte de María R. Rojas Martínez, el Cliente deberá enviar los archivos definitivos para su traducción.
La documentación original se enviará por correo ordinario a la dirección acordada por las Partes. También podrán enviarse documentos vía fax, correo electrónico, sitio FTP o correo convencional, considerándose como fecha de recepción válida la que conste en el fax receptor en el primer caso, en el ordenador receptor en el segundo caso, la fecha de archivo en el tercer caso y en el último, la que conste en el recibo de entrega del servicio de correos.
Si en un momento posterior a la entrega de los documentos originales el Cliente decide hacer modificaciones sobre los mismos y envía una nueva versión para su traducción María R. Rojas Martínez considerará ésta como un proyecto nuevo y elaborará un nuevo presupuesto para su aceptación por parte del Cliente. Sólo a discreción de María R. Rojas Martínez este nuevo documento podrá considerarse como sustituto del primero y mantener el presupuesto aprobado sin incremento.
3. ENTREGA DEL TRABAJO
Las fechas acordadas por las Partes para la entrega de los trabajos terminados se contarán a partir de la recepción de los documentos originales operables para su traducción. A estos efectos, se considerará como fecha de inicio del proyecto la de la recepción de todos los archivos definitivos.
En el caso de que las Partes convengan entregas parciales del trabajo encargado, con aplicación de la parte proporcional del depósito inicial a cada entrega parcial, el Cliente deberá acreditar el abono previo del resto del importe correspondiente presupuestado a cada entrega.
María R. Rojas Martínez no se hará responsable de posibles demoras en la entrega de los trabajos debidas a fallos en la red informática o eléctrica, averías en servidores o cualesquiera otras no imputables a María R. Rojas Martínez. En tales supuestos, se pactarán con el Cliente nuevas fechas de envío de los trabajos o posibles medios alternativos para su entrega. Los trabajos traducidos se entregarán al Cliente donde y cuando acuerden las partes, en la fecha acordada junto con la documentación original.
En el caso de que el Cliente lo solicite, la traducción se remitirá vía fax, correo electrónico, sitio FTP, correo certificado o empresa de mensajería, considerándose como fecha de entrega válida la que conste en el fax emisor en el primer caso, en el ordenador emisor en el segundo caso, la fecha de archivo en el tercer caso y en el último, la que conste en el acuse de recibo de la oficina de correos o en su caso, de la empresa de mensajería. María R. Rojas Martínez no se hará responsable de los retrasos que pudieran producirse por saturación de las líneas o de los servidores correspondientes, o por cualquier otra causa ajena a su control. En todo momento, María R. Rojas Martínez intentará conocer el buen destino del documento y volverá a enviar el trabajo en caso de producirse problemas en la entrega.
4. PRECIOS Y APLICACIÓN DE TARIFAS DE TRADUCCIÓN
Por regla general, las traducciones se facturan por palabra del documento de origen. En determinados casos se puede acordar una forma de facturación diferente (por palabras de destino, páginas, líneas, etc.). En aquellos casos en los que resulte imposible realizar un recuento de palabras automático del documento de origen (formato papel, imagen, etc.), se podrá realizar un presupuesto abierto, especificando el precio por palabra del documento destino. El recuento de palabras sobre el que se aplica la tarifa se podrá hacer, a discreción de María R. Rojas Martínez, sobre el documento de destino.
Los documentos originales se entregarán en la forma convenida previamente por las Partes, y, en todo caso, en alguno de los formatos más comunes de documento de texto (.doc, .rtf, .txt). Cualquier otro formato podría verse sujeto a la aplicación de un recargo proporcional a la inversión de tiempo y recursos para su tratamiento y traducción.
Todos los trabajos de creación y mantenimiento de glosarios, edición, incorporación de gráficos e imágenes, montaje y trasvase a formatos específicos, así como en aquellos casos en los que resulte imposible aplicar precios razonables por palabra del documento de origen, se facturarán por tiempo invertido.
María R. Rojas Martínez podrá aplicar un recargo sobre las tarifas de traducción en concepto de:
- Urgencia (A discreción de María R. Rojas Martínez, se considerará encargo urgente todo aquél cuyo plazo de entrega sea igual o inferior a 24 horas o implique su realización o entrega en horas nocturnas, días festivos o correspondientes al fin de semana o puentes laborales).
- Tratamiento de texto y formato (A discreción de María R. Rojas Martínez y aplicable a encargos cuyos documentos originales se reciban en papel, PDF, Power Point o cualquier otro formato distinto a .doc, .rtf o .txt. Podrá aplicar igualmente un recargo a los documentos originales en formato .doc, .rtf o .txt., que contengan gráficos, diagramas o imágenes que se deban traducir).
El Cliente deberá abonar todos aquellos gastos suplementarios y suplidos debidamente justificados que genere la realización del trabajo, como gastos de telecomunicaciones, consulta o investigación que excedan unos niveles razonables, así como los gastos de mensajería.
Tratamiento de documentos mínimos
- Tendrá la consideración de documento mínimo aquél que no supere las 300 palabras.
- Debido a las características especiales de este tipo de documentos, para el cálculo del presupuesto no se tendrá en cuenta el número de palabras de los mismos sino que se aplicará un precio por documento.
- Cada encargo de traducción al que se aplique la tarifa de documento mínimo se tratará como proyecto independiente y, como tal, estará sujeto a la aceptación del correspondiente presupuesto.
Como excepción a lo anterior, la consideración de documento mínimo en traducciones juradas se detallará en cada proyecto.
5. FORMA DE PAGO DE PROYECTOS DE TRADUCCIÓN
Cualquier aplazamiento o fraccionamiento para el pago de las facturas emitidas quedará expresamente sujeto a la discreción y aceptación por parte de María R. Rojas Martínez.
6. CANCELACIONES
Una vez confirmada la recepción de la aceptación del presupuesto por el Cliente y entregada toda la documentación original a María R. Rojas Martínez, el Cliente podrá cancelar el encargo con pérdida del depósito constituido que María R. Rojas Martínez hará suyo en concepto de penalización y pago de los servicios prestados.
En el caso de que el Cliente cancelara el trabajo encargado una vez concluido y pendiente de entrega, deberá abonar el importe completo presupuestado.
7. RESPONSABILIDAD LEGAL
En caso de error u omisión en el trabajo realizado, María R. Rojas Martínez podrá optar por realizar de nuevo el trabajo o compensar al Cliente el coste del proyecto hasta el importe de los honorarios percibidos, siempre que estos honorarios se hayan satisfecho según las condiciones anteriormente establecidas.
El Cliente garantiza que la traducción solicitada no infringe ningún derecho de autor o cualquier otro derecho derivado de la propiedad intelectual o industrial de la documentación entregada para su traducción ni tendrá destino o finalidad no amparada por las leyes. Asimismo, el Cliente también garantiza que mantendrá a María R. Rojas Martínez al margen de cualquier reclamación al respecto presentada por terceros.
CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE INTERPRETACIÓN
Una vez recibido por María R. Rojas Martínez, el presupuesto relativo a servicios de interpretación debidamente firmado y sellado, el Cliente formaliza de forma inmediata un contrato con María R. Rojas Martínez, que se rige por las Condiciones Generales y por las siguientes Condiciones Particulares:
1. MODALIDADES DE INTERPRETACIÓN
María R. Rojas Martínez ofrece servicios de interpretación simultánea, consecutiva y de enlace.
La interpretación simultánea se caracteriza por requerir la presencia de cabinas de interpretación. María R. Rojas Martínez se reserva el derecho de realizar in situ las pruebas necesarias con antelación suficiente a la celebración del evento, siendo responsabilidad del Cliente facilitar las labores precisas y solucionar las deficiencias que pudieran presentarse.
Los servicios de interpretación simultánea requieren la contratación de dos intérpretes en cabina que se alternarán cada 10 ó 20 minutos en función del grado de dificultad y extensión del trabajo a realizar. Únicamente a discreción de María R. Rojas Martínez, el Cliente podrá contratar un solo intérprete cuando el servicio de interpretación simultánea no exceda de una hora y media y siempre que no revista especial dificultad.
María R. Rojas Martínez recomienda que, para la contratación de un servicio de interpretación, el Cliente informe con antelación tanto de la naturaleza del encuentro (congreso, reunión, conferencia) como del tema del mismo. A efectos de la preparación técnica y terminológica, el Cliente deberá remitir a María R. Rojas Martínez un juego de documentos lo más completo posible (programa, orden del día, actas de reuniones anteriores, informes, bibliografía básica, lista de términos, etc.) en cada uno de los idiomas de trabajo del servicio. Si durante el evento se diera lectura a algún texto, el Cliente hará llegar una copia a los intérpretes, con la debida antelación. La velocidad de lectura de un documento que ha de ser traducido oralmente no debe rebasar las 100 palabras por minuto (es decir, 3 minutos para una página mecanografiada a doble espacio). Sólo se interpretarán películas o vídeos proyectados durante el evento cuando los intérpretes dispongan de sonido directo en sus auriculares, hayan recibido el guión con la debida antelación y el ritmo del comentario corresponda al de una elocución natural.
2. PRECIOS Y APLICACIÓN DE TARIFAS DE INTERPRETACIÓN
María R. Rojas Martínez no garantiza la disponibilidad de los intérpretes hasta la conformidad y aceptación del presupuesto por parte del Cliente.
Los servicios de interpretación se facturarán por media jornada o jornada completa, entendiéndose estos periodos como el tiempo transcurrido desde que el intérprete abandona su domicilio hasta su posterior regreso al mismo.
Todos los gastos en los que pudiera incurrir el intérprete (viaje y alojamiento, dietas, tiempo de preparación, etc.), que siempre se acordarán previamente y serán debidamente justificados, correrán, en todos los supuestos, a cargo del Cliente.
Para proyectos de interpretación simultánea el tiempo mínimo de facturación es de media jornada.
3. FORMAS DE PAGO Y CANCELACIONES DE PROYECTOS DE INTERPRETACIÓN
El importe total de la factura por los servicios de interpretación deberá abonarse con una antelación mínima de VEINTE (20) DÍAS a la prestación del servicio. En caso de no haber recibido justificante del pago debido por parte del Cliente en dicho plazo, se entenderá que el Cliente cancela el encargo procediendo María R. Rojas Martínez a suspender de forma inmediata la prestación de los servicios contratados. Si el cliente cancelase el servicio antes de CATORCE (14) DÍAS anteriores al inicio del mismo, se acordará la devolución de una parte de la cantidad adelantada, que no será superior al 60% del presupuesto aprobado. Si la cancelación por parte del Cliente se produjera con posterioridad a dicho plazo, es decir, dentro de los CATORCE (14) DÍAS anteriores a la prestación del servicio, se considerará el servicio como prestado, por la reserva de la disponibilidad de los intérpretes, quedando a discreción de María R. Rojas Martínez la posible devolución de parte de la cantidad abonada por el Cliente.
4. CONFIDENCIALIDAD
El intérprete se compromete expresamente a guardar absoluta confidencialidad y sigilo sobre todos los datos e informaciones que obtenga en el ejercicio de su trabajo.
CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO FUERA DE ESPAÑA
1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las presentes Condiciones Generales se aplicarán a todos los contratos o acuerdos de prestación de servicios de traducción, interpretación, formación en idiomas o cualquier otro tipo de servicio formalizados por María R. Rojas Martínez con sus Clientes en el marco de su actividad profesional fuera del territorio español, y anulan todos los anteriores contratos, compromisos, manifestaciones o acuerdos, tanto escritos como orales, que hayan existido previamente entre las Partes, cuyo objeto sea idéntico sea cual fuere su alcance.
Se entenderán aceptadas las presentes Condiciones Generales por el Cliente desde el momento en que éste ponga a disposición de María R. Rojas Martínez el presupuesto solicitado por los servicios de traducción, interpretación o cualquier otro tipo de servicio, acompañado del presente contrato, ambos debidamente firmados y sellados en todas sus páginas.
2. PRESUPUESTO
El presupuesto se elabora por escrito y se entrega al Cliente para su aceptación mediante su firma y, en su caso, cuño. El presupuesto, junto con las presentes Condiciones, deben presentarse, debidamente firmados y sellados, en el domicilio: Rue de la Jonchaie, 23, bôite 15, 1040, Bruselas o remitirse a www.rojastranslation.com por fax o por correo electrónico. En este último caso, la aceptación se considerará válida en el momento en que María R. Rojas Martínez (www.rojastranslation.com) confirme su recepción al Cliente.
Las ofertas verbales y los presupuestos disponibles en los sitios web de www.rojastranslation.com se consideran meramente orientativos y no vinculantes, quedando, en todo caso, sujetos a una posterior confirmación por escrito por parte de María R. Rojas Martínez.
Cualquier solicitud de ampliación o modificación del servicio presupuestado inicialmente que, a discreción de María R. Rojas Martínez, requiera un incremento considerable del trabajo, quedará sujeta a la elaboración de un nuevo presupuesto sustitutivo del anterior, que contemple los servicios adicionales solicitados por el Cliente.
El presupuesto mantendrá su vigencia durante un periodo de TREINTA (30) DÍAS. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya recibido la correspondiente aceptación por el Cliente, María R. Rojas Martínez podrá optar entre confirmar la validez del mismo o realizar una propuesta de presupuesto revisada que contenga los cambios que estime oportunos.
3. FORMA DE CONTRATACIÓN Y MÉTODO DE TRABAJO
Una vez recibido por María R. Rojas Martínez, el presupuesto y Condiciones Generales debidamente firmados y sellados, el Cliente formalizará de modo inmediato un contrato con María R. Rojas Martínez, que se regirá por las presentes Condiciones Generales y las Condiciones Particulares acompañadas al mismo.
Junto con dicha documentación, el Cliente deberá acreditar el pago del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del importe presupuestado, en concepto de depósito, dando entonces lugar al comienzo de los trabajos en las condiciones y términos así aceptados y los plazos convenidos.
En cualquier caso, los plazos quedarán suspendidos, cuando, por la naturaleza de los servicios encomendados, corresponda al Cliente aportar o facilitar documentación o elementos materiales adicionales, y siempre que no resulten posibles las comunicaciones precisas entre ambas partes.
A la firma del presupuesto y las presentes Condiciones Generales y Particulares, María R. Rojas Martínez dará de alta un proyecto al que asignará un CÓDIGO IDENTIFICATIVO del trabajo encargado que comunicará al Cliente. Dicho código deberá figurar en todas las comunicaciones escritas entre las Partes, encabezará los correos electrónicos entre las mismas, y deberá aparecer en la factura que emita María R. Rojas Martínez al concluir el trabajo encargado.
4. FORMA DE PAGO
Las cantidades que aparezcan en el presupuesto aceptado se entenderán como netas y se incrementarán en la cantidad que resulte de la aplicación del tipo de Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente, en los casos en que sea aplicable. Se procederá a la emisión y el cobro de la oportuna factura según se establece en las condiciones específicas, en función del tipo de trabajo contratado: traducción, interpretación o corrección (ver condiciones específicas). La entrega de los trabajos se realizará previa acreditación del pago total del importe presupuestado, por los medios comúnmente aceptados en Derecho. El pago deberá ser efectuado en la cuenta bancaria que María R. Rojas Martínez designe, mediante transferencia o ingreso al efecto. Cualquier otro medio de pago deberá ser previamente aceptado por María R. Rojas Martínez por escrito. Sin perjuicio de otros derechos María R. Rojas Martínez aplicará el interés legal vigente incrementado en dos puntos a todas las cantidades pendientes de pago por el Cliente una vez transcurrido el plazo indicado en sus apartados correspondientes.
5. CONFIDENCIALIDAD
María R. Rojas Martínez se compromete a guardar absoluta confidencialidad y sigilo sobre cualquier información que el Cliente le proporcione a los fines del contrato suscrito, por cualquier medio y en todo momento, incluso tras la finalización de la relación contractual, a fin de evitar su tratamiento o uso no autorizado por terceros, cualquiera que fuera la causa de finalización de la relación contractual.
6. PRELACIÓN
Las presentes Condiciones Generales serán de aplicación siempre que las Condiciones Particulares no establezcan otro criterio, en cuyo caso prevalecerán estas últimas.
7. LEGISLACIÓN APLICABLE
Todas las relaciones entre las Partes se regirán por lo dispuesto en la legislación belga vigente.
8. JURISDICCIÓN
Las Partes se someten expresamente a la competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Bruselas, que se entenderá a todos los efectos como lugar de cumplimiento de la obligación, con renuncia expresa a su fuero propio o a cualquier otro que, en su caso, pudiera corresponderles.
CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE TRADUCCIÓN
Una vez recibido por María R. Rojas Martínez, el presupuesto relativo a servicios de traducción debidamente firmado y sellado, el Cliente formaliza de forma inmediata un contrato con María R. Rojas Martínez, que se rige por las Condiciones Generales y por las siguientes Condiciones Particulares:
1. PROPÓSITO DE LA TRADUCCIÓN
El Cliente se obliga a destinar el resultado de los servicios prestados a fines exclusivamente legales.
El Cliente debe indicar a María R. Rojas Martínez de forma clara y expresa el destino previsto para la traducción, de lo contrario se entenderá que el objeto de la misma es meramente informativo para el Cliente.
En especial, el Cliente deberá indicar si la traducción está destinada a formar parte de la documentación definitiva para:
- Concursos y licitaciones
- Contratos
- Patentes
- Impresión o edición
- Publicación electrónica
- Cualquier otro destino equiparable
En el caso de que la traducción contratada tuviera que destinarse a otro fin distinto del indicado por el Cliente al realizar la oferta, éste deberá comunicarlo a María R. Rojas Martínez para que ésta autorice y confirme la adecuación de la traducción a su nuevo destino.
En el caso de traducciones destinadas a su posterior publicación, deberá el Cliente remitir a María R. Rojas Martínez, previamente, la versión definitiva del documento a publicar para su revisión.
En el caso de requerirse una terminología propia María R. Rojas Martínez utilizará los glosarios y documentación de referencia entregada por el Cliente como herramienta adicional durante la realización del proyecto. La terminología se ajustará, si así lo indica el Cliente, a la información entregada. El Cliente se hará responsable de todo fallo causado por errores en su terminología propia. De no haber una base terminológica previamente acordada, el Cliente no podrá hacer reclamación alguna acerca de las posibles divergencias entre la terminología empleada en la traducción y la propia del Cliente.
María R. Rojas Martínez no asumirá ninguna reclamación ni responsabilidad frente al Cliente ni terceros, si resultaren incumplidos por el Cliente los términos de la presente estipulación, se omitiera o modificara el destino del trabajo encomendado, o se alterara su contenido por cualquier medio o procedimiento, sin autorización escrita María R. Rojas Martínez, reservándose además, María R. Rojas Martínez, según el caso, su derecho a no aceptar el objeto del contrato, a aplicar los recargos que fueren correspondientes y/o a ejercitar las reclamaciones procedentes, incluidos los daños y perjuicios.
Proyectos con trabajo de maquetación
Para proyectos de traducción que, por las características de los mismos y a solicitud del Cliente, requieran trabajos de maquetación, el Cliente deberá entregar los archivos de fuentes correspondientes junto con la maqueta.
El tamaño de los archivos en los que se envíen los documentos a traducir y maquetar no deberá exceder 90 Mb. Si algún archivo sobrepasara este tamaño, el Cliente hará particiones del mismo indicando claramente su disposición y orden dentro de la globalidad del documento.
En la fase de corrección de la maquetación, resultará imprescindible el establecimiento de una comunicación fluida entre María R. Rojas Martínez y el Cliente, quien deberá permanecer localizable y a disposición de aquélla, con el fin de garantizar el plazo de entrega acordado.
2. MÉTODO DE TRABAJO DE TRADUCCIÓN
Una vez comunicada la recepción de la aprobación del presupuesto por parte de María R. Rojas Martínez, el Cliente deberá enviar los archivos definitivos para su traducción.
La documentación original se enviará por correo ordinario a la dirección acordada por las Partes. También podrán enviarse documentos vía fax, correo electrónico, sitio FTP o correo convencional, considerándose como fecha de recepción válida la que conste en el fax receptor en el primer caso, en el ordenador receptor en el segundo caso, la fecha de archivo en el tercer caso y en el último, la que conste en el recibo de entrega del servicio de correos.
Si en un momento posterior a la entrega de los documentos originales el Cliente decide hacer modificaciones sobre los mismos y envía una nueva versión para su traducción María R. Rojas Martínez considerará ésta como un proyecto nuevo y elaborará un nuevo presupuesto para su aceptación por parte del Cliente. Sólo a discreción de María R. Rojas Martínez este nuevo documento podrá considerarse como sustituto del primero y mantener el presupuesto aprobado sin incremento.
3. ENTREGA DEL TRABAJO
Las fechas acordadas por las Partes para la entrega de los trabajos terminados se contarán a partir de la recepción de los documentos originales operables para su traducción. A estos efectos, se considerará como fecha de inicio del proyecto la de la recepción de todos los archivos definitivos.
En el caso de que las Partes convengan entregas parciales del trabajo encargado, con aplicación de la parte proporcional del depósito inicial a cada entrega parcial, el Cliente deberá acreditar el abono previo del resto del importe correspondiente presupuestado a cada entrega.
María R. Rojas Martínez no se hará responsable de posibles demoras en la entrega de los trabajos debidas a fallos en la red informática o eléctrica, averías en servidores o cualesquiera otras no imputables a María R. Rojas Martínez. En tales supuestos, se pactarán con el Cliente nuevas fechas de envío de los trabajos o posibles medios alternativos para su entrega. Los trabajos traducidos se entregarán al Cliente donde y cuando acuerden las partes, en la fecha acordada junto con la documentación original.
En el caso de que el Cliente lo solicite, la traducción se remitirá vía fax, correo electrónico, sitio FTP, correo certificado o empresa de mensajería, considerándose como fecha de entrega válida la que conste en el fax emisor en el primer caso, en el ordenador emisor en el segundo caso, la fecha de archivo en el tercer caso y en el último, la que conste en el acuse de recibo de la oficina de correos o en su caso, de la empresa de mensajería. María R. Rojas Martínez no se hará responsable de los retrasos que pudieran producirse por saturación de las líneas o de los servidores correspondientes, o por cualquier otra causa ajena a su control. En todo momento, María R. Rojas Martínez intentará conocer el buen destino del documento y volverá a enviar el trabajo en caso de producirse problemas en la entrega.
4. PRECIOS Y APLICACIÓN DE TARIFAS DE TRADUCCIÓN
Por regla general, las traducciones se facturan por palabra del documento de origen. En determinados casos se puede acordar una forma de facturación diferente (por palabras de destino, páginas, líneas, etc.). En aquellos casos en los que resulte imposible realizar un recuento de palabras automático del documento de origen (formato papel, imagen, etc.), se podrá realizar un presupuesto abierto, especificando el precio por palabra del documento destino. El recuento de palabras sobre el que se aplica la tarifa se podrá hacer, a discreción de María R. Rojas Martínez, sobre el documento de destino.
Los documentos originales se entregarán en la forma convenida previamente por las Partes, y, en todo caso, en alguno de los formatos más comunes de documento de texto (.doc, .rtf, .txt). Cualquier otro formato podría verse sujeto a la aplicación de un recargo proporcional a la inversión de tiempo y recursos para su tratamiento y traducción.
Todos los trabajos de creación y mantenimiento de glosarios, edición, incorporación de gráficos e imágenes, montaje y trasvase a formatos específicos, así como en aquellos casos en los que resulte imposible aplicar precios razonables por palabra del documento de origen, se facturarán por tiempo invertido.
María R. Rojas Martínez podrá aplicar un recargo sobre las tarifas de traducción en concepto de:
- Urgencia (A discreción de María R. Rojas Martínez, se considerará encargo urgente todo aquél cuyo plazo de entrega sea igual o inferior a 24 horas o implique su realización o entrega en horas nocturnas, días festivos o correspondientes al fin de semana o puentes laborales).
- Tratamiento de texto y formato (A discreción de María R. Rojas Martínez y aplicable a encargos cuyos documentos originales se reciban en papel, PDF, Power Point o cualquier otro formato distinto a .doc, .rtf o .txt. Podrá aplicar igualmente un recargo a los documentos originales en formato .doc, .rtf o .txt., que contengan gráficos, diagramas o imágenes que se deban traducir).
El Cliente deberá abonar todos aquellos gastos suplementarios y suplidos debidamente justificados que genere la realización del trabajo, como gastos de telecomunicaciones, consulta o investigación que excedan unos niveles razonables, así como los gastos de mensajería.
Tratamiento de documentos mínimos
- Tendrá la consideración de documento mínimo aquél que no supere las 300 palabras.
- Debido a las características especiales de este tipo de documentos, para el cálculo del presupuesto no se tendrá en cuenta el número de palabras de los mismos sino que se aplicará un precio por documento.
- Cada encargo de traducción al que se aplique la tarifa de documento mínimo se tratará como proyecto independiente y, como tal, estará sujeto a la aceptación del correspondiente presupuesto.
Como excepción a lo anterior, la consideración de documento mínimo en traducciones juradas se detallará en cada proyecto.
5. FORMA DE PAGO DE PROYECTOS DE TRADUCCIÓN
Cualquier aplazamiento o fraccionamiento para el pago de las facturas emitidas quedará expresamente sujeto a la discreción y aceptación por parte de María R. Rojas Martínez.
6. CANCELACIONES
Una vez confirmada la recepción de la aceptación del presupuesto por el Cliente y entregada toda la documentación original a María R. Rojas Martínez, el Cliente podrá cancelar el encargo con pérdida del depósito constituido que María R. Rojas Martínez hará suyo en concepto de penalización y pago de los servicios prestados.
En el caso de que el Cliente cancelara el trabajo encargado una vez concluido y pendiente de entrega, deberá abonar el importe completo presupuestado.
7. RESPONSABILIDAD LEGAL
En caso de error u omisión en el trabajo realizado, María R. Rojas Martínez podrá optar por realizar de nuevo el trabajo o compensar al Cliente el coste del proyecto hasta el importe de los honorarios percibidos, siempre que estos honorarios se hayan satisfecho según las condiciones anteriormente establecidas.
El Cliente garantiza que la traducción solicitada no infringe ningún derecho de autor o cualquier otro derecho derivado de la propiedad intelectual o industrial de la documentación entregada para su traducción ni tendrá destino o finalidad no amparada por las leyes. Asimismo, el Cliente también garantiza que mantendrá a María R. Rojas Martínez al margen de cualquier reclamación al respecto presentada por terceros.
CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE INTERPRETACIÓN
Una vez recibido por María R. Rojas Martínez, el presupuesto relativo a servicios de interpretación debidamente firmado y sellado, el Cliente formaliza de forma inmediata un contrato con María R. Rojas Martínez, que se rige por las Condiciones Generales y por las siguientes Condiciones Particulares:
1. MODALIDADES DE INTERPRETACIÓN
María R. Rojas Martínez ofrece servicios de interpretación simultánea, consecutiva y de enlace.
La interpretación simultánea se caracteriza por requerir la presencia de cabinas de interpretación. María R. Rojas Martínez se reserva el derecho de realizar in situ las pruebas necesarias con antelación suficiente a la celebración del evento, siendo responsabilidad del Cliente facilitar las labores precisas y solucionar las deficiencias que pudieran presentarse.
Los servicios de interpretación simultánea requieren la contratación de dos intérpretes en cabina que se alternarán cada 10 ó 20 minutos en función del grado de dificultad y extensión del trabajo a realizar. Únicamente a discreción de María R. Rojas Martínez, el Cliente podrá contratar un solo intérprete cuando el servicio de interpretación simultánea no exceda de una hora y media y siempre que no revista especial dificultad.
María R. Rojas Martínez recomienda que, para la contratación de un servicio de interpretación, el Cliente informe con antelación tanto de la naturaleza del encuentro (congreso, reunión, conferencia) como del tema del mismo. A efectos de la preparación técnica y terminológica, el Cliente deberá remitir a María R. Rojas Martínez un juego de documentos lo más completo posible (programa, orden del día, actas de reuniones anteriores, informes, bibliografía básica, lista de términos, etc.) en cada uno de los idiomas de trabajo del servicio. Si durante el evento se diera lectura a algún texto, el Cliente hará llegar una copia a los intérpretes, con la debida antelación. La velocidad de lectura de un documento que ha de ser traducido oralmente no debe rebasar las 100 palabras por minuto (es decir, 3 minutos para una página mecanografiada a doble espacio). Sólo se interpretarán películas o vídeos proyectados durante el evento cuando los intérpretes dispongan de sonido directo en sus auriculares, hayan recibido el guión con la debida antelación y el ritmo del comentario corresponda al de una elocución natural.
2. PRECIOS Y APLICACIÓN DE TARIFAS DE INTERPRETACIÓN
María R. Rojas Martínez no garantiza la disponibilidad de los intérpretes hasta la conformidad y aceptación del presupuesto por parte del Cliente.
Los servicios de interpretación se facturarán por media jornada o jornada completa, entendiéndose estos periodos como el tiempo transcurrido desde que el intérprete abandona su domicilio hasta su posterior regreso al mismo.
Todos los gastos en los que pudiera incurrir el intérprete (viaje y alojamiento, dietas, tiempo de preparación, etc.), que siempre se acordarán previamente y serán debidamente justificados, correrán, en todos los supuestos, a cargo del Cliente.
Para proyectos de interpretación simultánea el tiempo mínimo de facturación es de media jornada.
3. FORMAS DE PAGO Y CANCELACIONES DE PROYECTOS DE INTERPRETACIÓN
El importe total de la factura por los servicios de interpretación deberá abonarse con una antelación mínima de VEINTE (20) DÍAS a la prestación del servicio. En caso de no haber recibido justificante del pago debido por parte del Cliente en dicho plazo, se entenderá que el Cliente cancela el encargo procediendo María R. Rojas Martínez a suspender de forma inmediata la prestación de los servicios contratados. Si el cliente cancelase el servicio antes de CATORCE (14) DÍAS anteriores al inicio del mismo, se acordará la devolución de una parte de la cantidad adelantada, que no será superior al 60% del presupuesto aprobado. Si la cancelación por parte del Cliente se produjera con posterioridad a dicho plazo, es decir, dentro de los CATORCE (14) DÍAS anteriores a la prestación del servicio, se considerará el servicio como prestado, por la reserva de la disponibilidad de los intérpretes, quedando a discreción de María R. Rojas Martínez la posible devolución de parte de la cantidad abonada por el Cliente.
4. CONFIDENCIALIDAD
El intérprete se compromete expresamente a guardar absoluta confidencialidad y sigilo sobre todos los datos e informaciones que obtenga en el ejercicio de su trabajo.